LA CNMV EXIGIRÁ SEIS MESES DE EXPERIENCIA A LOS ASESORES DE SERVICIOS DE INVERSIÓN
En el caso de que el empleado no cuente con el requisito de formación, no podrá prestar servicios de información o asesoramiento sobre inversiones, salvo bajo supervisión directa de un empleado que sí los tenga. Esta excepción solamente podrá darse durante un periodo inferior a cuatro años, que comenzará a contar desde la entrada en vigor de Mifid II, según fuentes de la CNMV. Si el empleado cuenta con la formación, pero no con la experiencia, no estará autorizado para prestar servicios de inversión, salvo que lo haga bajo la supervisión directa de un empleado que sí cumpla con los requisitos. La CNMV establecerá un mínimo de 80 horas de formación para el personal que ofrezca información y de 150 horas para el encargado de asesorar, aunque la entidad podrá establecer un número de horas inferior dependiendo de la naturaleza y la complejidad del servicio y bajo la responsabilidad del órgano de administración que corresponda.