LAS EMPRESAS TENDRÁN SEIS MESES PARA PUBLICAR SU REGISTRO SALARIAL. LEY DE IGUALDAD EN EL TRABAJO
Ex.14-10-2020.
El Consejo de Ministros da luz verde a dos reales decretos con los reglamentos de los planes de igualdad y las tablas de transparencia retributiva. La nueva reglamentación en materia salarial implica, entre otras cosas, cómo deben evaluarse los puestos de trabajo, cómo deben realizarse los registros salariales en las empresas y las consecuencias que tendrá carecer de ellos o incurrir en desigualdad salarial. Retribución salarial e igualdad: Se ha dado un plazo de seis meses, hasta el 14 de abril de 2021, para que las empresas adapten los registros salariales obligatorios al nuevo reglamento, puesto que el Real Decreto-ley 902/2020 entrará en vigor seis meses después de su publicación en el BOE. Con relación a los planes de igualdad, el Real Decreto-ley 901/2020 entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el BOE. Es decir, el próximo 14 de enero de 2021. Aunque los estudios retributivos prevén incrementos salariales en torno al 2% el próximo año, los expertos vaticinan aumentos inferiores por el impacto de la crisis económica, escribe Montse Mateos en E&E 17-11-2020.