LA BANCA TENDRÁ QUE APORTAR 10.000 MILLONES EN 8 AÑOS AL FGD Y AL MUR
Ex.7-11.
ADAPTACIÓN EUROPEA:
El Gobierno aprueba el Real Decreto que establece las aportaciones al Fondo de Garantía y al Frob europeo. Los bancos tendrán que presentar planes de recuperación y resolución.
PRINCIPALES NOVEDADES DEL REAL DECRETO:
Aportaciones. La banca española aporta hasta ahora una cuota del dos por mil de los depósitos en su balance, al margen de las derramas extraordinarias a las que ha hecho frente por la crisis. Con la nueva normativa, sólo se aporta por los depósitos garantizados (hasta 100.000 euros), pero la cuota variará cada año y tendrá en cuenta otros factores, como los riesgos de cada entidad.
Dos fondos. Las entidades españolas hasta ahora sólo aportaban al Fondo de Garantía de Depósitos (FGD). Tras la reforma destinarán la mitad de las cuotas a este fondo y el resto al Fondo Único de Resolución, a los que destinarán un mínimo del 2% de sus depósitos enlos próximos años, hasta 11.700 millones.
Planes de contingencia. Las entidades deberán de contar con dos planes de emergencia (recuperación y resolución) con el objetivo de que los problemas del sector financiero no vuelvan a requerir ayudas públicas. El de recuperación lo elaborará la entidad y será aprobado por el Banco de España. El de resolución recaerá sobre el regulador.
Colchón anticrisis. Junto a las aportaciones al FGD y al Fondo Único, las entidades también deberán de constituir un colchón anticrisis en los próximos años, conocido como MREL por sus siglas en inglés. Su objetivo es similar al que se impone a las entidades financieras sistémicas, que será del 16%-18% de los activos ponderados por riesgo, aunque en el caso del MREL se mide sobre el pasivo y no hay un nivel predefinido.