EL SUPREMO AVALA EL ERE TEMPORAL DE LIBERBANK
Cinco Días 8-1.
Una vez analizados, el Supremo ha declarado la validez del ERTE en todos sus puntos, incluido el apartado de la suspensión de las aportaciones a los fondos de pensiones, dado que revoca la sentencia de la Audiencia Nacional que anulaba este punto.
También rechaza las alegaciones presentadas por los sindicatos recurrentes y niega que existiera mala fe en la negociación por parte de Liberbank. Además, niega la indefensión de los sindicatos y la inexistencia de causas económicas que justifiquen el ERTE.
El Supremo ha decidido estimar los tres motivos alegados por Liberbank: dos de ellos relacionados con la declaración de la ausencia de capacidad procesal y legitimación activa del Comité de Oficinas de la entidad en Asturias y la validez del apartado del ERTE que establece la suspensión de aportaciones a los fondos de pensiones.