HACIENDA LIBRA A LOS ASESORES DE INFORMAR DE LAS ‘CRIPTO’ DE SUS CLIENTES
Por Ignacio Faes. Ex.6-4-23.
Hacienda ha eximido a los asesores de informar de las criptomonedas de sus clientes. La nueva normativa que regula las obligaciones de información de estos activos, publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE), ha reducido la información que deberán aportar los contribuyentes sobre criptomonedas respecto al proyecto de ley inicial. De esta forma, respecto de la obligación de informar sobre operaciones con monedas virtuales que tienen los operadores con estos activos, la redacción definitiva introduce una previsión para evitar que resulten obligados los que se dedican al mero asesoramiento. En un principio, la normativa obligaba a aquellos que “intermedien de cualquier forma en la realización de dichas operaciones”. Sin embargo, ahora el artículo 39 precisa que “no se entenderán incluidas en el párrafo anterior las personas o entidades cuya actividad se limite al asesoramiento sobre monedas virtuales, a la mera puesta en contacto de las partes interesadas en efectuar operaciones con monedas virtuales o a la simple atención de órdenes de cobro y pago en moneda fiduciaria de las personas o entidades que proporcionen servicios de cambio entre monedas virtuales y moneda fiduciaria o entre diferentes monedas virtuales o servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros, o de sus clientes”. Esta acotación no aparecía en el proyecto inicial.