LA CNMV ACEPTARÁ LA CERTIFICACIÓN TELEMÁTICA DE LOS ASESORES DURANTE LA CRISIS DEL COVID-19. APLICACIÓN DURANTE LA SITUACIÓN ORIGINADA POR EL COVID-19 DE LA GUÍA TÉCNICA 4/2017, PARA LA EVALUACIÓN DE LOS CONOCIMIENTOS Y COMPETENCIAS DEL PERSONAL QUE INFORMA Y QUE ASESORA, EN LO RELATIVO A EXÁMENES
La situación derivada de la pandemia provocada por el COVID-19 determina que en la actualidad no sea posible realizar pruebas presenciales, sin que exista certeza sobre el momento en que tales pruebas se podrán realizar. Por ello, y ante la solicitud recibida de varios emisores de títulos, la CNMV aceptará de manera excepcional la realización de pruebas no presenciales, siempre que las entidades dispongan de procedimientos para la evaluación a distancia que cumplan las siguientes condiciones:
La CNMV aceptará de manera excepcional la realización de pruebas no presenciales, siempre que las entidades dispongan de procedimientos para la evaluación a distancia que cumplan las siguientes condiciones:
Que el procedimiento contemple la identificación visual del alumno, mediante el uso de sistemas de imagen que lo permitan, realizándose una verificación de su identidad con el DNI o documento equivalente.
Que el procedimiento permita el control durante el examen de manera equivalente al control presencial (con imagen y sonido activos durante toda la prueba), de forma que se garantice la calidad del proceso de evaluación, impidiendo que la persona evaluada reciba ayuda de terceros o consulte material que no forme parte del examen.
Que el procedimiento incluya la conservación de documentación acreditativa de las pruebas realizadas y de los controles relativos a la identificación y desarrollo de todo el proceso de evaluación de manera fácilmente identificable, durante un periodo de tiempo de, al menos, tres años.