REGULACIÓN ESG EN EL ÁMBITO DE LAS FINANZAS: RECORRIENDO LA SENDA DE LA SOSTENIBILIDAD
TERESA ROYO LUESMA | Miembro IEAF. Directora sostenibilidad y buen gobierno KPMG
Los riesgos globales en materia medioambiental y social que afrontamos como humanidad, unido a la situación de crisis económica que la pandemia ha producido, ha afianzado el compromiso de la Unión Europea con la construcción de una Unión sostenible en lo medioambiental, económicamente próspera y socialmente justa.
El pasado 27 de mayo, la Comisión presentó su propuesta de plan de recuperación, que incluía el instrumento de emergencia Next Generation EU que se articulará a través de planes nacionales de inversiones y reformas para el periodo 2021-2023. Éste, dotado con un fondo de 750.000 millones de euros para relanzar la economía, contribuirá a la transformación de la Unión a través del Pacto Verde Europeo, la revolución digital y la resiliencia.
En el ámbito de las finanzas, ya en 2018 la Comisión Europea estableció el Plan Europeo de Finanzas sostenibles que define las estrategias para que el sistema financiero respalde la agenda de la UE relativa al clima y el desarrollo sostenible. Esta iniciativa se une al Acuerdo de París sobre el Cambio Climático y la Agenda 2030 de las Naciones Unidas para el Desarrollo Sostenible.
En este contexto, el desarrollo regulatorio ha enfocado sus esfuerzos a que los mercados de capitales dirijan su inversión y financiación a actividades sostenibles y a que incorporen los riesgos ESG (environmental, social, governance) a sus decisiones de inversión y financiación.
El Plan de Finanzas Sostenibles y uno de sus outputs más relevantes, como la taxonomía de actividades económicas que contribuyan a objetivos medioambientales, la integración de riesgos ESG en MiFID, el Proyecto de Ley de cambio climático y transición energética (también aplicable a Entidades de Crédito) son sólo algunos de estos impulsos regulatorios.
Uno de los más inminentes, el nuevo Reglamento de Divulgación de Finanzas Sostenibles (SFDR) que entrará en vigor el 10 de marzo de 2021, introduce diversos requisitos de divulgación de información para los participantes en los mercados financieros y asesores a nivel de entidad, servicio y producto.
En concreto, se requiere la elaboración y publicación de una política de riesgo de sostenibilidad en el proceso de toma de decisiones de inversión; la integración de la ESG en el asesoramiento en inversiones y seguros; una política y debida diligencia sobre las incidencias adversas de las inversiones; el contenido, metodología y presentación de la información relativa a sostenibilidad, clima y efectos adversos relacionados con el medio ambiente en la información precontractual del producto; en la divulgación de productos en el sitio web y catálogos comerciales, y en los informes periódicos de los mismos.
Si bien las Normas Técnicas Regulatorias que guiarán a las entidades en cómo deben implantarse estos requerimientos todavía no han sido publicadas y, parece que en diciembre de 2020 no estarán disponibles, la SFDR sigue su calendario de entrada en vigor, por lo que los próximos meses serán clave en la toma de decisiones de las entidades y en proporcionar la información y formación necesarias para que los fabricantes de producto, gestores, asesores y distribuidores cuenten con las herramientas necesarias para la comprensión de la norma y cumplimiento de las nuevas obligaciones.