TENGO CLÁUSULA SUELO, ¿QUÉ PUEDO HACER?
Cinco Días 28-10.
El cliente tiene tres vías de actuación:
1.- Para evitar la vía judicial, las entidades se prestan a la negociación cara a cara con el cliente. Pero, según fuentes financieras, generalmente si el banco cede a suprimir la cláusula suelo del contrato hipotecario es a cambio de obtener más vinculación por parte del cliente. Como contrapartida, se le suele pedir contratar nuevos productos (depósitos, seguros, plantes de pensiones) o modificar las condiciones de la hipoteca, cambiando el tipo de interés de variable a fijo o elevando el diferencial que se suma al índice euríbor. Hay casos en los que solo se consigue una rebaja del suelo o un aplazamiento en el pago.
2.-Si el banco se cierra en banda a la negociación (el Tribunal Supremo declara válidas las cláusulas suelo informativamente transparentes), cabe la posibilidad de presentar una reclamación en el Servicio de Atención al Cliente de la entidad. La queja, por escrito, debe estar basada en la falta de transparencia o en si existe suelo pero no techo, en si la diferencia entre ambos es muy grande o en si el techo es inalcanzable. La respuesta de este departamento puede tardar hasta dos meses. En caso de no estar conforme, es posible elevar la queja ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España. La resolución de este organismo puede presionar a la entidad en cuestión, pero no tiene carácter de orden ni es vinculante.
3.- En última instancia, se puede optar por la vía judicial y acudir a los tribunales. En los últimos años, muchas sentencias han obligado a los bancos y cajas a suprimir la cláusula suelo. BMN tiene en curso 625 procedimientos judiciales de carácter individual, según consta en un documento enviado a la CNMV en noviembre de 2014.